FAQs

Despidos.com responde a las pregunas mas frecuentes en caso de despidos

¿Debo de firmar la carta de despido?

Si la empresa le comunica por escrito el despido, es recomendable firmar siempre como “recibido y no conforme”. De esta forma podrá impugnar la medida que le están comunicando.

¿Qué plazo hay para impugnar el despido?

El plazo para impugnar el despido son 20 días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos), a contar desde el momento del despido.

¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?

La indemnización por despido improcedente asciende a una cantidad equivalente a treinta y tres días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.

¿Qué es el despido nulo?

Se considera despido nulo, el que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.